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  • El Reglamento General de la RFEF obliga a jugar al fútbol a puerta cerrada | TECNOTVHN

    El Reglamento General de la RFEF obliga a jugar al fútbol a puerta cerrada | TECNOTVHN

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    La RFEF ha hecho oficial hoy en una circular enviada a todos los clubes los cambios reglamentarios s tanto para el fútbol profesional como no profesional en España. Se trata de la nueva Disposición adicional Cuarta en el Reglamento General, donde se establecen los principios generales y normas de adaptación de la Temporada 2019/2020, así como las regulaciones competitivas específicas que se aplican a cada una de las competiciones oficiales. Competiciones que se disputarán todas a puerta cerrada .

    Actuar. a las 20:11

    CEST

    Se establece que, en atención a la situación social, sanitaria, jurídica y competitiva existente derivada de la pandemia del COVID-19, se procede a la finalización excepcional de la Temporada 2019/2020 según los siguientes principios generales comunes a todas las competiciones y que complicaciones que ser a puerta cerrada. La normativa deja claro que se intentará todo para que acaben las competiciones del fútbol profesional:

    .- Cualquiera de los partidos que debieran disputarse a partir de la presente disposición obligatoria estar en consonancia con las autorizaciones de carácter social, empresarial, económico, de movilidad y deportivo que apruebe en cada momento el Ministerio de Sanidad o las autoridades competentes y estará, por tanto, condicionado a la evolución que tenga la pandemia en cada momento y donde todos los encuentros se disputen sin público .

    .- Todos los equipos a los que se les permite disputar encuentros para el desarrollo de la parte de las competiciones oficiales que se pueden en esta disposición requieren cumplir escrupulosamente con la Resolución de 4 de mayo de 2020, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se aprueba y se publica el Protocolo básico de actuación para la vuelta a los entrenamientos y el reinicio de las competiciones federadas no profesionales (BOE de 6 de mayo de 2020), así como cualquier otra condición específica de protección de la salud que puede aprobar la RFEF y, en todo caso, aceptar por escrito las nuevas condiciones y circunstancias de los cuentos s. Será, permitir, requisito imprescindible, que los clubes a los que se les permite disputar los encuentros en cada una de las fases aceptadas por escrito las nuevas condiciones de competición.

    .- Se adoptarán las medidas oportunas para que se habilite la disputa de todos los partidos pendientes para finalizar la competición según la normativa prevista, así como las fases de ascensos y descensos, única y exclusivamente en las competiciones oficiales profesionales de ámbito estatal.

    .- En las competiciones oficiales no profesionales del ámbito estatal se adoptarán las medidas oportunas para finalizar la competición con el menor tiempo posible y con el menor número de equipos y futbolistas / entrenadores & mldr; posible, reduciendo la competencia única y exclusiva al desarrollo de los play-off cuando estos estuvieran previstos, y fijando las eliminatorias a un partido único y no a doble partido .
    Se oficializa que no habrá descensos en ninguna categoría no profesional.

    La propia circular deja claro que en las competiciones oficiales no profesionales de ámbito estatal no se producirán descensos en ninguna categoría . y se da por finalizada la competición en las categorías inferiores del ámbito estatal (es decir, las no absolutas). Además establece que:

    .- En las competiciones oficiales no profesionales del ámbito estatal donde había una sola fase regular y sin fase final, las competiciones se dan por finalizadas.

    .- Como norma general y prevaleciendo sobre cualquier otra disposición de estas normas, en cualquiera de las competencias oficiales no profesionales del ámbito estatal, los resultados de la clasificación son ​​los que estaban establecidos en la última jornada disputada realizándose la clasificación final y resolviéndose los posibles empates aplicando lo establecido en el artículo 201 del Reglamento

    Mejor coeficiente en los casos de los partidos atrasados ​​o pendientes

    Es llamativo lo que establece en caso de que en algún grupo competitivo habría equipos que tuvieran partidos atrasados ​​o pendientes de jugar para establecer la clasificación se le aplicará el criterio del mejor coeficiente, es decir, dividir los puntos controlados entre los partidos disputados para determinar su posición en la clasificación.

    Corresponderá a la Juez Única de Competición de Fútbol de la RFEF en la modalidad principal de fútbol y al Juez Único de Competición de Fútbol Sala de la RFEF en la especialidad de fútbol sala, la dirección de las clasificaciones finales de todas las competiciones y divisiones respetivas de las competiciones oficiales no profesionales de ámbito estatal.

    En las competiciones donde había previsto play-off, se da por finalizada la fase regular de competición y el play-off se disputará entre el mismo número de equipos que estaba previsto y y con un máximo de 4 equipos por play-off en fútbol y 8 en fútbol sala masculino, una sola vuelta. En caso de empate en las posiciones clasificatorias se aplicará el criterio previsto en el Reglamento General .

    Normativa sobre los play off exprés

    En todo caso, en la disputa de dichos play-off primará su puesta en marcha de forma exprés, mediante la adaptación de un sistema de configuración y emparejamientos que disminuyen al máximo los riesgos para la salud de los participantes y el resto de los intervinientes, primando estas sobre los aspectos normativos al inicio de la competencia y con el estricto cumplimiento del Protocolo del CSD publicado en el BOE.
    Para el desarrollo de los play-off y su finalización, en caso de empate, verifique el criterio de la misma ventaja competitiva para todos los equipos participantes.

    Los horarios de los partidos en las competiciones no profesionales serán fijados por la RFEF o, en su caso, se acordarán junto con las Federaciones de ámbito territorial, con el objetivo de que se garantice la salud de todos los participantes . Se adaptarán y modificarán las normas de competición para ajustarlas a estos principios y normas de competición.

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  • La UEFA obliga a jugar salvo «orden en contra del Gobierno» | TECNOTVHN

    La UEFA obliga a jugar salvo «orden en contra del Gobierno» | TECNOTVHN

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    El Comité Ejecutivo de la UEFA ha anunciado sus 55 federaciones, bajo amenaza de exclusión de la Champions y la Europa League, que será obligatorio volver a jugar salvo en dos supuestos muy concretos . El aviso remitido por la organización a sus afiliados dice que la UEFA se reserva el derecho a no admitir en las competiciones europeas a cualquier equipo de cualquier Federación que termine prematuramente, salvo por las dos razones expuestas en estas directrices de la UEFA. Las dos únicas razones que la UEFA contempla para no reiniciar el Campeonato de Liga son:

    1. La existencia de una orden oficial (Gobierno) que prohíbe los eventos deportivos de modo que las competiciones nacionales no pueden completarse antes de una fecha que permita completar la temporada real antes de que comience la siguiente.

    2) Problemas económicos insuperables que hacen imposible terminar la temporada porque pondría en peligro la estabilidad financiera a largo plazo de la competencia nacional y / o de los clubes.

    Sobre el primer punto, según fuentes de toda solvencia consultadas por este periódico, LaLiga se aseguró el pasado sábado en la reunión que mantuvo con el CSD y la RFEF en el Palacio de Viana la colaboración para volver a jugar en junio siempre, claro está, que las autoridades sanitarias lo permitido. En este sentido, solo 72 horas después de la firma del pacto, el CSD ha remitido hoy al Ministerio de Sanidad el protocolo para que autorice a LaLiga retomar el campeonato. El protocolo de LaLiga se basa “en los clubes trabajen en régimen de confinamiento en un entorno cerrado al exterior”.

    En cuanto al punto dos, fuentes de LaLiga consultadas por AS aseguran que, por supuesto Supeditado a la salud, el mayor riesgo económico para los clubes en este momento es que la Liga no podría retomarse .

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  • un error de software obliga a apagar algunos Airbus cada 149 horas

    No solamente Boeing tiene problemas con sus aviones, Airbus, la compañía de aviación europea, también se enfrenta a un problema que requiere de reiniciar cada cierto periodo de tiempo algunos de sus aviones. El error lleva presente más de dos años y se podría solucionar con una actualización de software, pero dos años después muchos aún se siguen apagando y encendiendo cada 149 horas.


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  • El error de software que obliga a apagar los Airbus A350 cada cierto tiempo | Tecnología y ciencias | Tecnología

    Un error en el software de Airbus hace que algunos de sus aviones no puedan volar más de 149 horas. La falla obliga a los operadores a reiniciar las computadoras de la nave antes del mencionado límite, bajo riesgo de que los sistemas no funcionen bien.

    El problema afecta únicamente al modelo A350, para ser más precioso, solo a los aviones A350-941. Una actualización del software basta para solucionar el problema, sin embargo, hasta el momento no todas las unidades se han actualizado.

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    El problema parece ser que la memoria RAM de las computadoras a bordo se satura al cabo de esas horas de funcionamiento, y causa fallos en las comunicaciones entre los diferentes sistemas del avión.

    La falla hace que, si el avión está más de 149 horas encendido de forma continua, colapse el software. Una investigación de 2017 advertía de que de no reiniciar el vehículo aéreo se producía «una pérdida de comunicación entre algunos sistemas del avión y la red de aviación». Es decir, se podría provocar la pérdida de sistemas de comunicación potencialmente críticos durante un vuelo.

    Airbus no es la única compañía de aviación que ha presentado problemas de esta índole. En 2015, el Boeing 787 Dreamliner sufrió algo parecido. Si el avión pasaba más de 248 días encendido se desbordaba la memoria y, en ese caso, los generadores se apagaban.

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  • Un bug de Airbus obliga a apagar y encender el avión como si fuera un router

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    «Pruebe a apagar y encenderlo otra vez» es una frase que hemos escuchado más veces de las que nos gustaría cuando tratamos con el servicio técnico. Pero la verdad es que suele ser uno de los métodos más directos de solucionar el problema, ya sea porque obliga al router a reconectarse a Internet, o porque permite que nuestro ordenador vuelva a funcionar correctamente.

    No es algo que nos gustaría escuchar en un avión, eso desde luego; pero es justo lo que recoge la última directiva obligatoria de la EASA, la Agencia Europea de Seguridad Aérea, que ha tenido que tomar serias medidas después de dos años de problemas con el Airbus A350.

    Y todo por un «bug» de software, un error que afecta a algunos de los modelos del A350 usados por aerolíneas europeas. El A350 es la respuesta de Airbus contra modelos tan populares como el Boeing 787, y como tal es capaz de viajes de larga distancia. Es uno de los modelos más avanzados y recientes del fabricante europeo, siendo lanzado en el 2015.

    Un bug obliga a apagar y encender el avión

    Fue en el 2017 que la EASA publicó una primera advertencia sobre el software del A350, cuando se produjeron los primeros casos de problemas de comunicación entre los sistemas del avión, que podían provocar que algunas funciones no estuviesen disponibles durante el vuelo.

    Ahora la agencia europea se ha visto obligada a publicar una directiva de obligado cumplimiento por todos los operadores de ciertos modelos de este avión. En concreto, se trata del A350-941, uno de los primeros modelos lanzados. Aerolíneas como Lufthansa, Delta, Air China o Air France compraron estos modelos en su día. Iberia también fue una de las primeras que se hizo con este modelo.

    En la directiva, que será efectiva a partir de mañana 26 de julio, se indica que los operadores tienen que apagar completamente el avión antes de que llegue a las 149 horas de encendido continuo. En otras palabras, tienen que apagar y encender el avión si quieren seguir usándolo con seguridad.

    No todos están afectados

    Aunque los detalles del error de software no se han hecho públicos, al depender de una cantidad de horas de encendido concretas es posible que esté relacionado con el tratamiento de alguna variable; como sabemos por casos como el del GPS, si una variable se «desborda» puede dejar de guardar el dato de la hora o la fecha correctamente.

    Si esto ocurre, la fecha y la hora de los diferentes sistemas no coincidiría, lo que puede provocar serios problemas, que en el caso del A350 van desde fallo en las redundancias implementadas, o incluso una pérdida completa de algunas funciones.

    Las buenas noticias es que este error, y esta medida, no afecta a todos los A350-941; algunos ya salieron de fábrica con una nueva versión del software que solucionaba este problema. Además, el A350-941 fue sustituido por el A350-1000 y A350-1041, que no se han visto afectados.

    Por el momento, Airbus no ha realizado declaraciones sobre este bug, ni sobre los planes que tiene de actualizar la flota actual.